1. Identidad y Registro: lograr que la mayoría tenga la posibilidad de decir ¡presente!

La identidad es un derecho. En Venezuela, empieza a ser ejercido mediante el derecho constitucional (artículo 56) que tiene toda persona a ser inscrita de manera gratuita en el Registro Civil después de su nacimiento. Del mismo modo, todos los venezolanos tienen derecho a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley.

En efecto, cada asiento en el Registro Civil debe corresponder a una persona y tener las características propias de su identidad. La Ley Orgánica del Registro Civil indica (artículo 10) que solo debe existir un expediente civil por persona.

El número único de identidad al cual se refiere esta ley es tan personal que, en casos de pérdida o renuncia de la nacionalidad, se inhabilita de inmediato sin poder ser otorgado a más nadie y, con el fallecimiento, no puede ser reasignado ni reactivado.

Cumplidos los nueve años, el niño venezolano puede tramitar por primera vez su cédula de identidad, donde se le asigna su número único de identidad. La cédula será, más adelante, el único documento requerido y válido a los efectos de la inscripción en el Registro Electoral.

El Registro Electoral (en adelante, RE) es una gran base de datos que contiene la inscripción de todos los ciudadanos que pueden ejercer el derecho al sufragio. Así lo establece el artículo 27 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Ahora bien, ¿quiénes podrán inscribirse en el RE? La misma legislación precisa tres criterios:

1.1. Caracterizando el RE que tenemos

El administrador de esta gran base de datos que es el RE es el Consejo Nacional Electoral (CNE), por órgano de la Comisión de Registro Civil y Electoral, y a través de la Oficina Nacional de Registro Electoral. Si deseas profundizar cómo es la estructura interna de funcionamiento del CNE, puedes revisar el boletín 60 del OEV.

La legislación venezolana exige una interconexión automática entre la Oficina Nacional de Registro Civil y la Oficina Nacional de Registro Electoral. Dejemos que sea el propio artículo 52 de la Ley de Registro Civil el que hable: “La información contenida en los archivos del Registro Civil constituye la base para la conformación del Registro Electoral. Cuando la persona cumpla la edad exigida para ejercer el derecho al sufragio, su información será incorporada automáticamente al Registro Electoral”.

La misma ley señala que le toca al CNE determinar la forma de integración y conformación de estos archivos. Hablamos de una interconexión en la cual, por una parte, hacen falta otros datos, como la dirección, para efectivamente completar el registro del ciudadano y que, por otro lado, implica complejidades, como por ejemplo la de determinar en cuál circunscripción, centro y mesa de votación incluir a cada elector.

Entonces, cuando un joven venezolano cumple 18 años debe concurrir de manera voluntaria a expresar su voluntad de formar parte de esta gran base de datos electorales. O, dicho más sencillo, inscribirse.

Lo anterior nos permite entrar en uno de los principios que debe regir el RE: su carácter continuo.

En teoría, el RE no es susceptible de interrupción durante el tiempo en que no ha sido convocado un proceso electoral. Todas las personas deberían poder inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento. También, solicitar la rectificación de los datos que estuvieren erróneos o afectasen su derecho al sufragio.

En la práctica, sin embargo, el RE es discontinuo dentro y fuera del país.

Dentro del territorio, únicamente las Oficinas Regionales Electorales (ORE) -una por entidad federal- serían los 24 lugares de permanente inscripción y actualización, pero no siempre se brinda este servicio. Resulta, en cualquier caso, una oferta de cobertura geográfica insuficiente en relación con la demanda.

Y fuera del territorio nacional, migrantes consultados refieren complicaciones porque embajadas y consulados supeditan el servicio, cuando lo prestan, a citas previas, con tiempo variable de antelación, para las cuales solicitan algunos documentos. Esto dificulta el acceso al servicio para los migrantes regulares, dicen, porque dentro de los irregulares algunos ni siquiera se lo plantean o no tienen interés en que el Estado sepa dónde están. Del mismo modo, la capacidad instalada de oficinas consulares resulta insuficiente frente al volumen migratorio.

1.2. Inscrito dentro (o ni siquiera) y viviendo afuera…

Por distintas razones los venezolanos nos estamos moviendo. Hay desplazamientos internos entre las regiones, en buena medida derivados de la crisis de servicios públicos y las inequidades de desarrollo económico. Hay, además, una movilidad humana resaltada por la comunidad internacional como uno de los fenómenos más relevantes de este tiempo.

Mucha gente se ha movido, pero no así sus datos en el RE. Y, en medio de esos movimientos internos y externos, a otros tantos les ha llegado la edad para formar parte del RE, pero tampoco figuran en él. Tenemos, pues, un problema de rezago entre las realidades poblacional y migratoria en relación con esta gran base de datos de los electores de Venezuela.

Podemos decir que en lo anterior hay responsabilidades compartidas de los ciudadanos, porque generalmente no se movilizan para inscribirse o actualizarse en RE, y de los organismos electorales, por no facilitar la tarea.

En abril de 2022 la organización Súmate hizo los siguientes cálculos con base en datos del CNE, el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Organización Internacional de Migraciones (OIM) de las Naciones Unidas:

¿Qué necesitamos para que toda esta gente pueda ponerse al día con el RE? La inscripción y actualización masiva de electores en el RE se hace ante los llamados centros de inscripción y actualización del RE. Ayer como hoy, la ubicación de esos centros es clave porque preconfigura el éxito o fracaso de las llamadas jornadas especiales, que son lapsos específicos durante los cuales la administración electoral se aboca a actualizar el RE.

Le toca a la Comisión de Registro Civil y Electoral del CNE establecer y administrar lo conducente a la ubicación de estos lugares en los cuales deben funcionar centros de inscripción y actualización. Para cumplir con la ley, deben seguir estos criterios:

1. Facilidad de acceso para los electores.

2. Presencia en los sectores de difícil acceso y/o de mayor concentración poblacional.

3. Garantía para todos los sectores de la población.

Si el CNE no abriera estas jornadas especiales por iniciativa propia, existe una llave adicional que puede abrir estos puntos: la LOPRE (artículo 33) faculta a organizaciones con fines políticos, comunidades organizadas, comunidades y organizaciones indígenas a solicitar al CNE la apertura de centros de inscripción y actualización en sus espacios.

Y ¿qué necesitamos para acudir a estos centros, cuando se habilitan? Volvemos al documento originario: la cédula de identidad.

Para los venezolanos dentro del país, el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) mantiene operativos de renovación del documento, sujeto a modalidades de tramitación, como días específicos de la semana para cada terminal de cédula; a condiciones de cada lugar, como posibles fallas del servicio eléctrico o filas por alta demanda del servicio, y, como sucedió entre junio y julio de 2022, a caídas inesperadas del sistema que paralizan todos los trámites y lesionan el derecho a la identidad.

Para los venezolanos fuera del país, tramitar la cédula es imposible ante embajadas y consulados en caso de pérdida, robo, extravío, deterioro o cualquier otra razón. En la web, por citar un caso, de la Embajada de Venezuela en Polonia, se lee:

-Tengo la cédula de identidad vencida o extraviada, ¿puedo renovarla en la Embajada?

-No, la cédula de identidad solo puede ser expedida o renovada por el Saime. Si desea renovar su cédula de identidad, deberá viajar a Venezuela para realizar dicho trámite. Los consulados de Venezuela solo realizan la expedición, renovación o prórroga de los pasaportes de los ciudadanos venezolanos residentes en el exterior.

Falta por subrayar un uso todavía más importante de nuestra cédula de identidad laminada, aun cuando esté vencida. Es el “único documento válido para el ejercicio del derecho al sufragio” que solicitan los miembros de mesa al elector, como establece el artículo 125 de la LOPRE.

1.3. Un asunto de confianza

Siete jóvenes estudiantes de distintas carreras conformaron un panel académico en una universidad privada de Caracas, en julio de 2022, como pudo constatar el OEV. Tienen entre 18 y 23 años. Ante la pregunta de cuántos están inscritos en el RE, uno solo levantó la mano. De los seis no inscritos, dos manifestaron dudas sobre su posible inscripción, pero los cuatro restantes fueron tajantes: no les interesa y no quieren hacerlo. ¿Por qué?, surge la duda. Carla, estudiante de Comunicación Social, responde que un familiar residenciado en la región llanera fue a votar en un proceso pasado y descubrió que otra persona ya lo había hecho por él. El caso, aunque aislado, abrió en ella una grieta de desconfianza.

Señalado por sectores de la sociedad de múltiples deficiencias, el RE venezolano es una base de datos ciertamente carente de recientes auditorías profundas por parte de actores independientes, pero ha sido al mismo tiempo depurado y actualizado periódicamente por el CNE en función de los cortes periódicos de ley. En este caso, la divulgación y apropiación de datos verificados es fundamental para que la gente pueda hacerse opiniones más informadas y responsables sobre el censo nacional de electores del país.

En este sentido, en el OEV pulsamos la opinión de un grupo de electores y recogimos cinco ideas que tienen algunas personas sobre el RE, para cotejarlas con evidencias técnicas:

Mientras no haya jornada especial, igualmente podemos actuar de manera ciudadana. Si estás en Venezuela, aquí te damos las siguientes claves:

  1. Ubica en la web del CNE (menú “La Institución” > opción “Oficinas Regionales”) la dirección de tu Oficina Regional Electoral (ORE) del CNE más cercana. Allí debe funcionar un punto permanente de inscripción y actualización.
  2. Acude a la ORE más cercana en horario de oficina. Presenta tu cédula de identidad laminada, vigente o vencida. El procedimiento implica que coloques tus huellas dactilares en el dispositivo biométrico y que informes al funcionario tu dirección de residencia, para la asignación de un centro de votación cercano con el cual estés de acuerdo. Espera, lee bien, verifica que los datos estén correctos y guarda el comprobante impreso que te entregarán.
  3. Crea el hábito de revisar con frecuencia cuál centro de votación mantienes en el RE. Lo puedes hacer cuantas veces quieras ingresando a cne.gob.ve. En la barra derecha de la página principal, introduce tu número de cédula de identidad sin puntos en el recuadro azul donde se lee “Registro Electoral. Consulte sus datos”. La información que verás estará basada en el corte del RE más reciente que haya hecho y publicado el CNE.
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Las tareas para poner al día el Registro Electoral y garantizar el voto migrante

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Voto en el exterior: con una restricción hemos topado

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